sábado, 19 de enero de 2013

Apuntes para mis hijos VIII

Me hallaba yo entonces, a fines de 1834, sustituyendo la
cátedra de derecho canónico en el Instituto y no pudiendo ver con
indiferencia la injusticia que se cometía contra mis infelices clientes, pedí
permiso al director para ausentarme unos días y marché para el pueblo de
Miahuatlán, donde se hallaban los presos, con el objeto de obtener su
libertad. Luego que llegué a dicho pueblo me presenté al juez don
Manuel María Feraud, quien me recibió bien y me permitió hablar con
los presos. Enseguida le supliqué me informase el estado que tenía la
causa de los supuestos reos y del motivo de su prisión, me contestó que
nada podía decirme porque la causa era reservada; le insté que me leyese
el auto de bien preso, que no era reservado y que debía haberme proveído
ya por haber transcurrido el término que la ley exigía para dictarse.

Tampoco accedió a mi pedido, lo que me obligó ya a indicarle que
presentaría un ocurso al día siguiente para que se sirviese darme su
respuesta por escrito a fin de promover después lo que a la defensa de
mis patrocinados conviniere en justicia. El día siguiente presenté mi
ocurso, como lo había ofrecido, pero ya el juez estaba enteramente
cambiado, me recibió con suma seriedad y me exigió el poder con que yo
gestionaba por los reos; y habiendo contestado que siendo abogado
conocido y hablando en defensa de reos pobres no necesitaba yo de poder
en forma, me previno que me abstuviese de hablar y que volviese a la
tarde para rendir mi declaración preparatoria en la causa que me iba a
abrir para juzgarme como vago.

Como el cura estaba ya en el pueblo y el
prefecto obraba por su influencia, temí mayores tropelías y regresé a la
ciudad con la resolución de acusar al juez ante la Corte de Justicia, como
lo hice; pero no se me atendió porque en aquel tribunal estaba también
representado el clero. Quedaban pues cerradas las puertas de la justicia
para aquellos que gemían en la prisión, sin haber cometido ningún delito,
y sólo por haberse quejado por las vejaciones de un cura. Implacable éste
en sus venganzas, como los son generalmente los sectarios de alguna
religión, no se conformó con los triunfos que obtuvo en los tribunales,
sino que quiso perseguirme y humillarme de un modo directo, y para

conseguirlo hizo firmar al juez Feraud un exhorto que remitió al juez de
la capital, para que procediese a mi aprehensión y me remitiera con
segura custodia al pueblo de Miahuatlán, expresando por única causa de
este procedimiento, que estaba yo en el pueblo de Loxicha sublevando a
los vecinos contra las autoridades ¡y estaba yo en la ciudad, distante
cincuenta leguas del pueblo de Loxicha, donde jamás había ido!

El juez de la capital, que obraba también de acuerdo con el cura,
no obstante de que el exhorto no estaba requisitado conforme a las leyes,
pasó a mi casa a la medianoche y me condujo a la cárcel sin darme más
razón que la de que tenía orden de mandarme preso a Miahuatlán.
También fue conducido a la prisión el licenciado don José Inés Sandoval,
a quien los presos habían solicitado para que los defendiese.
Era tan notoria la falsedad del delito que se me imputaba y tan
clara la injusticia que se ejercía contra mí, que creí como cosa segura que
el tribunal superior, a quien ocurrí quejándome de tan infame tropelía, me
mandaría inmediatamente poner en libertad; pero me equivoqué, pues
hasta al cabo de nueve días se me excarceló bajo de fianza, y jamás se dio
curso a mis quejas y acusaciones contra los jueces que me habían
atropellado.



Apuntes para mis hijos VII


Revocada la orden de mi confinamiento volví a Oaxaca y me
dediqué al ejercicio de mi profesión. Se hallaba todavía el clero en pleno
goce de sus fueros y prerrogativas y su alianza estrecha con el poder civil
le daba una influencia casi omnipotente. El fuero que lo sustraía de la
jurisdicción de los tribunales comunes le servía de escudo contra la ley y
de salvoconducto para entregarse impunemente a todos los excesos y a
todas las injusticias. Los aranceles de los derechos parroquiales eran letra
muerta.

El pago de las obvenciones se regulaba según la voluntad
codiciosa de los curas. Había sin embargo algunos eclesiásticos probos y
honrados que se limitaban a cobrar lo justo y sin sacrificar a los fieles;
pero eran muy raros estos hombres verdaderamente evangélicos, cuyo
ejemplo lejos de retraer de sus abusos a los malos era motivo para que los
censurasen diciéndoles que "mal enseñaban a los pueblos y echaban a
perder los curatos". Entretanto, los ciudadanos gemían en la opresión y
en la miseria, porque el fruto de su trabajo, su tiempo y su servicio
personal todo, estaba consagrado a satisfacer la insaciable codicia de sus
llamados pastores. Si ocurrían a pedir justicia muy raras veces se les oía
y comúnmente recibían por única contestación el desprecio o la prisión.
Yo he sido testigo y víctima de una de estas injusticias.


Los vecinos del pueblo de Loxicha ocurrieron a mí para que elevase sus quejas e hiciese
valer sus derechos ante el tribunal eclesiástico contra su cura que les
exigía las obvenciones y servicios personales sin sujetarse a los
aranceles. Convencido de la injusticia de sus quejas por la relación que
de ellas me hicieron y por los documentos que me mostraron, me
presenté al tribunal o provisorato, como se le llamaba. Sin duda, por mi
carácter de diputado y porque entonces regía en el estado una
administración liberal, pues esto pasaba a principios del año de 1834, fue
atendida mi solicitud y se dio orden al cura para que se presentara a
contestar los cargos que se le hacían, previniéndosele que no volviera a la
parroquia hasta que no terminase el juicio que contra él se promovía;
pero desgraciadamente a los pocos meses cayó aquella administración,
como he dicho antes, y el clero, que había trabajado por el cambio,
volvió con más audacia y sin menos miramientos a la sociedad y a su
propio decoro, a ejercer su funesta influencia en favor de sus intereses
bastardos.

El juez eclesiástico, sin que terminara el juicio que yo había
promovido contra el cura de Loxicha, sin respetar sus propias decisiones
y sin audiencia de los quejosos, dispuso de plano que el acusado volviera
a su curato. Luego que aquel llegó al pueblo de Loxicha mandó prender a
todos los que habían representado contra él y de acuerdo con el prefecto
y con el juez del partido, los puso en la cárcel con prohibición de que
hablarán con nadie. Obtuvo órdenes de las autoridades de la capital para

que fuesen aprehendidos y reducidos a prisión los vecinos del citado
pueblo que fueron a la ciudad a verme, o a buscar otro abogado que los
patrocinase.


















"Apuntes para mis hijos" Tomo 1.




sábado, 5 de enero de 2013

Apuntes para mis hijos VI

En el año de 1832 se inició una revolución contra la administración
del presidente de la república don Anastasio Bustamante, que cayó a
fines del mismo año con el partido escocés que lo sostenía. En principios
de 1833 fui electo diputado al Congreso del estado.

Con motivo de la Ley de Expulsión de Españoles dada por el Congreso
general, el obispo de Oaxaca, don Manuel Isidoro Pérez, no obstante de
que estaba exceptuado de esta pena, rehusó continuar en su diócesis y se
fue para España. Como no quedaba ya ningún obispo en la república,
porque los pocos que había se habían marchado también al extranjero,
no era fácil recibir las órdenes sagradas y sólo podían conseguirse yendo
a La Habana o a Nueva Orleáns, para lo que era indispensable contar
con recursos suficientes de que yo carecía. Esta circunstancia fue para
mí sumamente favorable, porque mi padrino conociendo mi imposibilidad
para ordenarme sacerdote me permitió que siguiera la carrera del foro.

Desde entonces seguí ya subsistiendo con mis propios recursos.
En el mismo año fui nombrado ayudante del comandante general
don Isidro Reyes, que defendió la plaza contra las fuerzas del general
Canalizo, pronunciado por el Plan de Religión y Fueros, iniciado por el
coronel don Ignacio Escalada en Morelia. Desde esa época el partido
clérico-militar se lanzó descaradamente a sostener a mano armada y por
medio de los motines, sus fueros, sus abusos y todas sus pretensiones
antisociales. Lo que dio pretexto a este motín de las clases privilegiadas
fue el primer paso que el partido liberal dio entonces en el camino de la
reforma, derogando las leyes injustas que imponían coacción civil para el
cumplimiento de los votos monásticos y para el pago de los diezmos.

 En enero de 1834 me presenté a examen de jurisprudencia práctica
ante la Corte de Justicia del estado y fui aprobado expidiéndoseme el
título de abogado. A los pocos días la legislatura me nombró magistrado
interino de la misma Corte de Justicia, cuyo encargo desempeñé poco
tiempo. Aunque el pronunciamiento de Escalada secundado por Arista,
Durán y Canalizo fue sofocado en el año anterior, sus promovedores
siguieron trabajando y al fin lograron en este año destruir la
administración de don Valentín Gómez Farías, a lo que contribuyeron
muchos de los mismos partidarios de aquella administración, porque
comprendiendo mal los principios de libertad, como dije antes,
marchaban sin brújula y eran conducidos fácilmente al rumbo que los
empujaban sus ambiciones, sus intereses o sus rencores. Cayó por
consiguiente la administración pública de Oaxaca en que yo servía y fui
confinado a la ciudad de Tehuacán, sin otro motivo que el de haber
servido con honradez y lealtad en los puestos que se me encomendaron.


"Apuntes para mis hijos"  Tomo 1 capítulo I.