domingo, 11 de agosto de 2013

Apuntes para mis hijos XV

La nueva administración en vista de la aceptación general que tuvo
la ley del 23 de noviembre (1855) se vio en la necesidad de sostenerla y llevarla
a efecto. Se me invitó para que siguiera prestando mis servicios yendo a
Oaxaca a restablecer el orden legal subvertido por las autoridades y
guarnición que habían servido en la administración del general Santa
Anna, que para falsear la revolución habían secundado el plan del general
Carrera y que por último se habían pronunciado contra la Ley sobre
Administración de Justicia que yo había publicado. Tanto por el interés
que yo tenía en la subsistencia de esta ley como porque una autoridad
legítima me llamaba a su servicio, acepté sin vacilación el encargo que se
me daba y a fines de diciembre salí de México con una corta fuerza que
se puso a mis órdenes. Al tocar los límites del estado los disidentes
depusieron toda actitud hostil, ofreciendo reconocer mi autoridad.

El día 10 de enero de 1856 llegué a la capital de Oaxaca y desde
luego me encargué del mando que el general don José María García me
entregó sin resistencia de ninguna clase.

Comencé mi administración levantando y organizando la guardia
nacional y disolviendo la tropa permanente que ahí había quedado porque
aquella clase de fuerza, viciada con los repetidos motines en que jefes
ambiciosos y desmoralizados, como el general Santa Anna, la habían
obligado a tomar parte, no daba ninguna garantía de estricta obediencia a
la autoridad y a la ley y su existencia era una constante amenaza a la
libertad y al orden público. Me propuse conservar la paz del estado con
sólo mi autoridad de gobernador para presentar una prueba de bulto de
que no eran necesarias las comandancias generales cuya extinción había
solicitado el estado años atrás, porque la experiencia había demostrado
que eran no sólo inútiles sino perjudiciales. En efecto, un comandante
general con el mando exclusivo de la fuerza armada e independiente de la
autoridad local, era una entidad que nulificaba completamente la
soberanía del estado, porque a los gobernadores no les era posible tener
una fuerza suficiente para hacer cumplir sus resoluciones.

Eran llamados gobernadores de estados libres, soberanos e independientes; tenían sólo
el nombre, siendo en realidad unos pupilos de los comandantes generales.
Esta organización viciosa de la administración pública fue una de las
causas de los motines militares que con tanta frecuencia se repitieron
durante el imperio de la Constitución de 1824.

Sin embargo, como existían aún las leyes que sancionaban
semejante institución y el gobierno del señor Comonfort a pesar de la
facultad que le daba la revolución no se atrevía a derogarlas, dispuso que
en el estado de Oaxaca continuaran y que yo como gobernador me
encargase también de la comandancia general, que acepté sólo porque no
fuese otro jefe a complicar la situación con sus exigencias, pues tenía la
conciencia de que el gobierno del estado, o sea la autoridad civil, podía
despachar y dirigir este ramo como cualesquiera otros de la
administración pública; pero cuidé de recomendar muy especialmente a
los diputados por el estado al Congreso constituyente, que trabajaran con
particular empeño para que en la nueva Constitución de la república
quedasen extinguidas las comandancias generales.

Como en esta época no se había dado todavía la nueva
Constitución, el gobierno del señor Comonfort, conforme al Plan de
Ayutla, ejercía un poder central y omnímodo que toleraban apenas los
pueblos por la esperanza que tenían de que la representación nacional les
devolvería pronto su soberanía por medio de una Constitución basada
sobre los principios democráticos que la última revolución había
proclamado. El espíritu de libertad que reinaba entonces y que se avivaba
con el recuerdo de la opresión reciente del despotismo de Santa Anna,
hacía sumamente difícil la situación del gobierno para cimentar el orden
público porque necesitaba usar de suma prudencia en sus disposiciones
para reprimir las tentativas de los descontentos, sin herir la
susceptibilidad de los estados con medidas que atacasen o restringiesen
demasiado su libertad.

Sin embargo, el señor Comonfort expidió un
Estatuto Orgánico que centralizaba de tal modo la administración pública
que sometía al cuidado inmediato del poder general hasta los ramos de
simple policía de las municipalidades. Esto causó una alarma general en
los estados.

Las autoridades de Oaxaca representaron contra aquella
medida pidiendo que se suspendiesen sus efectos. No se dio una
resolución categórica a la exposición, pero de hecho no rigió en el estado
el Estatuto que se le quería imponer y el gobierno tuvo la prudencia de no
insistir en su cumplimiento.